La Agencia Tributaria pone a disposición de los obligados tributarios su calendario del contribuyente del año 2018, donde se reflejan las principales fechas a las que tanto las empresas como los ciudadanos tienen que estar atentos para cumplir con el fisco.
La intención del Ministerio para este año era racionalizar la presentación de modelos, pasando la obligación de entregar el 347 de febrero al 31 de enero. Pero finalmente, dado lo cargado que viene el calendario para la mayoría de las compañías, se ha optado por dejar las cosas tal y como estaban y mantener como límite de presentación del modelo 347 el próximo 28 de febrero.
Este año el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2017 se iniciará el próximo 4 de abril de 2018. Si la liquidación resultante es negativa y Hacienda no devuelve podemos presentar la misma hasta el 2 de julio. En caso contrario, cuando nos toca pagar, el plazo es menor y la presentación se debe hacer como fecha límite el 27 de julio.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que en caso de que la fecha de vencimiento de cualquier declaración coincida con una festividad local o autonómica, el plazo finalizará el primer día hábil siguiente al señalado en el calendario del contribuyente.
Este mes de enero viene muy cargado de obligaciones, ya que es el cierre del año 2017 donde hay que presentar el trimestre y declaraciones anuales.
El mes de febrero se presenta más tranquilo y la principal obligación es la declaración anual de operaciones con terceros, el modelo 347.
En abril se da inicio a la presentación de la declaración de la RENTA, el impuesto de retenciones de las personas físicas que comienza el día 5 de abril. Además, la declaración se podrá presentar online desde dicha fecha. Asimismo, hasta el día 20 de abril tenemos como límite para presentar los modelos 111 y 115 del primer trimestre de 2018, el 303, 349, 130, 131 y 202.
En mayo y en junio se presenta la declaración de la renta. A partir del 10 de mayo se podrán presentar a través de entidades colaboradoras o Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT. Si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo acaba el 27 de junio y si sale a devolver el plazo se amplía hasta el día 2 de julio.
El mes de julio vuelve a ser otro mes cargado de obligaciones trimestrales, en este caso del segundo del año 2018. Se tienen que presentar con fecha límite del 20 de julio los modelos 111 y 115, el 130 y 131 o los modelos 303, 349. Con fecha límite del día 25 de julio, tendremos la declaración anual de sociedades con el modelo 200.
Los meses de agosto y septiembre son los más relajados. Ya en octubre, hasta el día 20 tenemos otra vez trimestre, con los modelos 111, 115 pero también los modelos 130, 131 y el modelo 202 de pagos fraccionados de sociedades. A ellos les tenemos que añadir también los modelos 303 y 349 de liquidación de IVA.
Y para acabar el año, tenemos hasta el 20 de diciembre para la presentación del modelo 202. Como límite tenemos el 2 de enero de 2019 para la presentación de los modelos 036 y 037.
Fuente: gestron.es




