Nueva sentencia favorable de la Audiencia Nacional sobre la obligatoriedad del registro de la jornada diaria de trabajo

Nueva sentencia favorable de la Audiencia Nacional sobre la obligatoriedad del registro de la jornada diaria de trabajo

Dos sentencias de la Audiencia Nacional afirman que las empresas deben contar con sistemas de registro de la jornada diaria para saber si realizan o no horas extras.

En tan solo tres meses, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado dos sentencias, la del 4 de diciembre (CENDOJ 28079240012015100204 y AS\2016\97) y la del 19 de febrero de 2016 (CENDOJ 28079240012016100023 y JUR 2016\43642). De confirmarse dichas sentencias, y según el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores y la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, obligaría a todas las empresas españolas a implantar mecanismos de control de la jornada diaria de trabajo de sus empleados, independientemente de si estos realizan horas extraordinarias o si el contrato es a tiempo parcial o a jornada completa.

Asimismo, el artículo también reconoce el derecho a los representantes de los empleados a recibir copia de los resúmenes de la jornada.

Esta nueva obligación impuesta por la Audiencia Nacional surge de la interpretación del artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores “a efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente”, por lo tanto, y según el artículo, establece la obligación de registrar la jornada laboral diaria de cada empleado a efectos del cómputo de horas extraordinarias.

Por el momento, los tribunales han ido considerando que tanto la obligación del registro de la jornada diaria del trabajador como el derecho de información de los registros de la jornada por parte de los representantes de los empleados quedaba totalmente vinculado solamente en los casos en que los empleados realizaran horas extraordinarias, y en caso contrario, no sería obligatoria por parte de la compañía llevar a cabo ningún registro de la jornada diaria.

Sin embargo, en el nuevo criterio de la Audiencia Nacional se argumenta que el registro diario de la jornada laboral no debe ser exigible solamente en los casos en que se realicen horas extras, sino que también se debe exigir en todos los casos, aún en el supuesto caso en que no se realicen horas extraordinarias. Además, la Audiencia Nacional también obliga a hacer este registro independientemente si existen horarios flexibles en la organización, o si la presentación de los servicios se realiza fuera de la oficina.

Según la Audiencia Nacional, el resumen de la jornada no tiene que contener el número de horas extraordinarias, sino la jornada laboral real que realiza el empelado diariamente. Este registro se realiza para poder controlar los excesos de jornada de los empleados y que estos puedan defenderse para poder acreditar las horas que sobrepasan de su jornada laboral pactada.

Actualmente, Inology, empresa especializada en el desarrollo de soluciones TIC para la empresa y con más de 30 años de experiencia en el sector, cuenta con una unidad de negocio dedicada a analizar la productividad de las compañías: Control de Tiempos. Esta unidad se dedica a sistemas de gestión horaria, seguridad física y control de producción.

Las soluciones de Control de Tiempos son el resultado de la experiencia y el conocimiento de negocio, además, reúne las mejores prestaciones técnicas y funcionales para que el control de los recursos de la empresa permita llevar una dirección adecuada y óptima para la compañía.

La unidad de Control de Tiempos se divide en varias herramientas, las cuales analizan diferentes puntos de la productividad empresarial, unificando los recursos para obtener la máxima productividad en la compañía.

Una de ellas, y la que más nos interesa según la sentencia del AN, es la de Qtempo.

Esta herramienta se divide en 3 áreas distintas:

  • Qtempo Enterprise: Es un sistema experto para la gestión horaria, control de presencia y la gestión del absentismo. Con esta herramienta se podrá mantener el control sobre las horas de trabajo realizadas por cada trabajador y el tiempo empleado en cada una de sus salidas.
  • Qtempo Security: Sistema integrado de gestión de la seguridad que se encarga de la seguridad física y el control de accesos. Permite que ciertos empleados puedan acceder a la empresa en un período de tiempo definido por el usuario. De esta manera, a través de la huella dactilar o de su tarjeta identificativa el trabajador tendrá acceso a determinadas zonas de la empresa.
  • Qtempo Workforce: Este es un software de gestión de producción y captura de datos en planta. A través de esta herramienta se optimiza el proceso de producción de la empresa a través de listados de stocks, pedidos, tiempos empleados en cada función, etc.

Sin duda, la herramienta Qtempo Enterprise, de Control de Tiempos, nos ayudará a llevar un seguimiento de las horas ordinarias y extraordinarias de los empleados de una manera automática, ahorrando tiempo en reportar manualmente los horarios.

Utilizando Qtempo Enterprise ahorraremos en el tiempo que deberíamos dedicar a realizar ese control y resumen de la jornada laboral, ya que la herramienta lo realiza de manera automática, consiguiendo una gestión del tiempo óptima. Además, de esta forma, podremos aprovechar este tiempo ganado en realizar tareas más relevantes para el desarrollo de nuestro trabajo y no perder ni un segundo más en apuntar las horas de entrada y salida de la oficina.

No obstante, tanto para los empresarios como para los trabajadores, el control de la jornada laboral se debe llevar a cabo de una manera segura y fiable, el sistema de registro debe ser totalmente objetivo, como el de Qtempo Enterprise.

Habrá que ver si finalmente la doctrina se acaba confirmando, y de ser así, las empresas deberán incorporar mecanismos, a su día a día, para poder realizar el registro diario de la jornada de sus empleados, a fin de evitar posibles sanciones Administrativas.

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