Trabajo ya ha multado a un centenar de empresas por el registro horario

Trabajo ya ha multado a un centenar de empresas por el registro horario

Artículo de La Vanguardia

Los inspectores han puesto sanciones por 113.000 euros en los seis primeros meses de la ley

El Ministerio de Trabajo publicó el pasado martes 12 de noviembre su primer balance de la aplicación de la nueva normativa sobre el registro obligatorio de la jornada, que tanta polvareda levantó hace unos meses. Entre mayo y octubre, los inspectores de Trabajo abrieron 2.000 expedientes relacionados en exclusiva con la implantación y aplicación de un sistema diario para controlar cuántas horas trabaja la plantilla. Hasta ahora, la Inspección de Trabajo ha finalizado medio millar de ellos. De los expedientes concluidos, 107 han acabado con una sanción. Es decir, han sido multadas el 20% de las empresas inspeccionadas sólo por su sistema para fichar.

Al tiempo, otros 189 expedientes han venido acompañados de un requerimiento para subsanar situaciones irregulares. De no hacerlo, la empresa inspeccionada se arriesga a recibir una sanción. Hasta el momento, las infracciones por procedimientos de la Inspección relacionados con el registro horario ascienden a 113.000 euros. Por lo que, de media, a las empresas infractoras se les reclaman unos 1.000 euros de multa. El régimen sancionador de la ley oscila entre los 626 y los 6.250 euros.

“En el 2020 se pondrá en marcha una campaña específica sobre el control de la jornada laboral”

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Cuando la nueva norma entró en vigor en mayo, las organizaciones de inspectores ya mostraron su convencimiento de que su efecto, más que en el volumen de las multas, se iba a reflejar a la larga en la reducción de las horas trabajadas que ni se pagan ni se cotizan.

La ley obliga a los empresarios a llevar un registro diario de la jornada de todos sus trabajadores, mediante un sistema fiable y que no se pueda manipular. Una información que ha de estar a disposición de cada asalariado y de los representantes de los trabajadores. La medida, aprobada por el departamento que comanda –ahora en funciones– Magdalena Valerio, busca contribuir a que se reduzca el fraude en la contratación a tiempo parcial y en la realización de horas extras que ni se pagan ni se compensan con descanso. Se trata de abusos en el mercado laboral que engordan la economía sumergida, merman las arcas de la Seguridad Social, además de ser una práctica de competencia desleal. Tal y como recoge la última EPA, entre julio y septiembre pasado se realizaron casi 5,4 millones de horas extras a la semana, de las que 2,2 millones no estaban remuneradas.

Según los datos facilitados este martes por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, todas las actuaciones relacionadas con el tiempo de trabajo del último semestre se han saldado con 5.363 expedientes de la Inspección de Trabajo, lo que supone casi un 4% de incremento con respecto a los seis meses anteriores. Además, el balance del ministerio destaca que se han impuesto infracciones al 18,3% de las empresas inspeccionadas. En total, las infracciones reclamadas a las empresas ascienden a 1,26 millones de euros (1,15 millones por expedientes sobre tiempo de trabajo y 113.000 por el registro de jornada).

Asimismo, el ministerio ha anunciado que en el 2020, la Inspección de Trabajo pondrá en marcha, en coordinación con las comunidades autónomas una campaña específica de control del registro de jornada.

Dudas entre los empresarios

La generalización del registro horario suscitó muchas consultas por parte de los empresarios y discusiones sobre cómo implantarlo en la práctica. El primer elemento por decidir es el sistema de registro, que se debe negociar con los trabajadores. Aunque las empresas sólo están obligadas a recoger la hora en que empieza y acaba la jornada diaria de todos sus empleados, una de las cuestiones más controvertidas ha sido también cómo computar las pausas para estirar las piernas o fumar. Este tipo de aclaraciones deben acordarse con los trabajadores y trasladarse al convenio colectivo.

La norma establece que toda la información sobre la contabilidad de la jornada diaria se conserve durante cuatro años y “ha de estar y permanecer físicamente” en cada centro de trabajo o ser accesible desde allí. Ante el desconcierto de las primeras semanas, Trabajo aseguró que serían benévolos en los primeros compases de la aplicación de la ley. Hace ya tiempo que esa manga ancha acabó.

Artículo de La Vanguardia


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