Entra en vigor la nueva ley de autónomos

Entra en vigor la nueva ley de autónomos

La nueva ley de autónomos ha sido bien recibida entre este colectivo importante del tejido productivo de España.

Tras su publicación el pasado 25 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo entró en vigor el 26 de octubre, aunque algunas de sus medidas contempladas no será efectivas hasta el próximo 1 de enero de 2018.

¿Cuáles son las principales propuestas?

Medidas para emprendedores

• Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Los emprendedores podrán optar de nuevo a esta tarifa plana pasados tres años desde que la disfrutaron si vuelven a reemprender. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Se aplican mejoras para los emprendedores con discapacidad. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos 6 al 30%. Entrará en vigor en enero de 2018.

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Medidas fiscales

• Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz y el teléfono, siempre que se trabaje desde casa. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Se podrán deducir 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad en territorio español. En el extranjero asciende a 48€. Entrará en vigor en enero de 2018.

Medidas sobre las cotizaciones

• Los autónomos solamente pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el RETA y no todo el mes como hasta ahora. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Los autónomos podrán darse tres veces de alta y de baja en el mismo año. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos. Entrará en vigor en enero de 2018.
• Se devolverá el exceso de cotización de los empelados con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
• Un autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
• La cuota de los autónomos societarios ya no subirá automáticamente en función de lo que se eleve el salario mínimo interprofesional, sino que dependerá de lo que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE), después de negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes. Pendiente de los PGE.

Medidas sobre la contratación

• Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
• La contratación indefinida por parte del empelado autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100% un período de 12 meses. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos seis meses.

Colectivo

• Los empleados por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.

Prevención de riesgos laborales

• Se reconoce el accidente in itinere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.
• Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.

Diálogo social

• Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.
• Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.

Fuente: Dirigentes Digital

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